No te pueden obligar a tener la cámara encendida en el home office

La Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores no están obligados a mantener su cámara web encendida durante las horas de trabajo.

Durante la pandemia de COVID-19 se popularizo el trabajo remoto como una forma de continuar con las actividades laborales sin tener que comprometer la salud de los trabajadores. No obstante, así como hay compañías que han apoyado a sus empleados en el proceso otras lo han complicado obligándolos a tener encendidas sus cámaras, práctica que es ilegal.

Por este motivo, el gobierno de México decidió implementar una ley, vigente desde enero de 2021, para regular este esquema de trabajo que, de acuerdo con expertos y organizaciones llegó para quedarse como una opción permanente.

En dicha reglamentación se establece que el empleador estaba obligado a compartir los gastos de luz e internet, pero también hay otros elementos que es relevante conocer para poder defender los derechos como trabajador, por ejemplo, el no estar obligado a tener la cámara encendida.

Aun así, han persistido las organizaciones que exigen a sus trabajadores el mantener las cámaras encendidas con el fin de asegurar que están laborando desde casa. Sin embargo, ello implica una violación a la privacidad por lo que en el apartado de la Ley Federal del Trabajo en donde se aborda el tema se explica que las organizaciones no pueden pedir que las cámaras estén encendidas, salvo en algunos casos específicos. 

En el artículo 330-I se menciona que cualquier mecanismo, sistema operativo y tecnología que se use para supervisar el home office debe ser proporcional a su objetivo, es decir, solo pueden ser utilizados para llevar ciertos, registros siempre y cuando se garantice el derecho a la intimidad y se respeten las regulaciones en materia de protección de datos personales.

Esto significa que únicamente podrán utilizarse cámaras y micrófonos para supervisar el home office de manera extraordinaria o cuando el tipo de funciones lo requieran. Si tu empresa no te lo permite y quiere obligarte puedes acudir con las instancias correspondientes como la Juntas de Conciliación y Arbitraje y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

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